
Después de un accidente de tránsito, lo más fácil es actuar por inercia: aceptar lo que la aseguradora ofrece, «para terminar rápido». Y ahí empieza el problema.
En el estudio recibimos cada semana consultas de personas que firmaron antes de tiempo, no documentaron lesiones o dejaron prescribir el reclamo. La indemnización integral por daños y perjuicios derivada de un siniestro vial — comprende daño físico, daño moral, lucro cesante, daño psicológico, gastos de tratamiento y, en algunos casos, pérdida de chance — puede ser varias veces la que las aseguradoras ofrecen en una primera ronda.
Estos son los 5 errores que más vemos.
Error 1 — Firmar el acuerdo de la aseguradora «para cerrar»
Las compañías de seguros tienen un protocolo: contactar a la víctima en los primeros días, ofrecer un monto por debajo del mercado y conseguir una renuncia firmada de toda acción futura.
¿Por qué es un mal negocio?
- Cuando firmás, renunciás a reclamar incapacidades que aparecen después (por ejemplo, una hernia de disco que se manifiesta a los 3 meses).
- El monto no incluye daño moral ni lucro cesante con criterio jurisprudencial.
- Una vez firmado y homologado, no se puede revisar salvo casos excepcionales (vicios del consentimiento, art. 265 y ss. CCyC).
Regla: no firmes nada de la aseguradora del responsable hasta que tu abogado haya hecho una valoración integral del daño con perito médico de parte.
Error 2 — No hacer denuncia policial o constancia formal del siniestro
Muchas veces, después de un golpe leve, las partes se ponen de acuerdo y se van. Y dos semanas después aparece una contractura cervical o un dolor que limita el trabajo.
Sin denuncia policial es muchísimo más difícil probar la mecánica del accidente y la responsabilidad del otro conductor.
¿Qué tenés que hacer?
- Llamar al 911 o 101 y esperar a la policía. Pedir copia del acta o número de actuación.
- Si no viene la policía (es común en zonas rurales o por demora), hacer la denuncia en la comisaría más cercana dentro de las 24-48 horas siguientes.
- Si fue en CABA: además de policía, denunciar en SAME si hubo lesionados.
- Pedir copia del parte policial (no es lo mismo que la denuncia inicial; es el informe completo).
Error 3 — No hacer un examen médico inmediato
Aunque te sientas «más o menos», andá a una guardia. Por dos razones:
- Razón médica: hay lesiones que no duelen al inicio (latigazo cervical, lesiones internas, conmociones leves). Detectarlas tarde puede agravar el cuadro.
- Razón probatoria: si no hay un certificado médico de las primeras horas, la aseguradora va a sostener que la lesión que denunciás 2 semanas después no tiene relación causal con el accidente.
¿Qué pedirle al médico?
- Que asiente la mecánica del accidente («paciente refiere haber sufrido colisión vehicular el [fecha] a las [hora]»).
- Diagnóstico claro y código CIE-10.
- Indicaciones de reposo, tratamiento y tiempo estimado.
- Copia para vos del informe.
Error 4 — No documentar la escena con fotos y testigos
Tu celular es la mejor herramienta probatoria del momento.
- Fotos generales del lugar (cruce, semáforo, señalización).
- Fotos cerradas de los daños de ambos vehículos.
- Fotos de las patentes de todos los vehículos involucrados.
- Foto del DNI y la cédula verde del otro conductor.
- Foto de la póliza de seguro contraria (con número, compañía y vigencia).
- Datos de testigos: nombre, DNI, teléfono. Tres testigos sólidos valen más que diez sin contacto.
- Si hay cámaras en el lugar (de comercios, municipales, cámaras de seguridad), anotalo. Las grabaciones se borran a los 7-15 días; hay que pedirlas con un pedido formal antes de ese plazo.
Error 5 — Dejar pasar el tiempo
El plazo de prescripción para reclamar daños y perjuicios por accidente de tránsito en Argentina es de 3 años desde el hecho (art. 2561 del Código Civil y Comercial).
Tres años parece mucho, pero en la práctica:
- Los testigos se olvidan o se mudan.
- Las pruebas se pierden (las cámaras se reciclan, los vehículos se reparan o destruyen).
- Los plazos administrativos previos (mediación obligatoria en CABA y Provincia de Buenos Aires) demoran 4-6 meses adicionales y deben iniciarse antes del plazo de prescripción.
Regla práctica: iniciar las acciones legales en los primeros 6 meses. Después de ese punto, cada mes que pasa juega en contra.
¿Qué se puede reclamar realmente?
A modo orientativo, los rubros más frecuentes en una demanda por accidente de tránsito son:
- Daño emergente: gastos médicos, traslados, medicamentos, kinesiología, prótesis.
- Lucro cesante: lo que dejaste de ganar por no poder trabajar.
- Pérdida de chance: por ejemplo, no poder concursar para un ascenso por la incapacidad.
- Daño físico (incapacidad psicofísica): porcentual de incapacidad determinado por pericia médica.
- Daño moral (art. 1741 CCyC): el sufrimiento, la pérdida de calidad de vida, las secuelas estéticas.
- Daño psicológico: tratamiento + incapacidad psíquica.
- Privación de uso del vehículo: lo que costó alquilar otro o dejar de trabajar con él.
Conclusión
Tres pilares para no perder tu reclamo: no firmar nada apurado, documentar todo desde el primer minuto y consultar antes del mes. Cada error que cometés en las primeras semanas le ahorra plata a la aseguradora del responsable.
¿Te chocaron y la aseguradora ya te llamó con una oferta? Antes de firmar, consultanos. Análisis del caso sin cargo. No cobramos honorarios hasta cobrar la indemnización.
